- El Tribunal Supremo tumba las Zonas de Bajas Emisiones, a las que considera ilegales. Pero, ¿qué pasa ahora con los conductores que ya han pagado sus multas?
- Los que ya las pagaron, quedan en situación de desventaja, mientras que los que mantienen su proceso abierto todavía tienen oportunidades.
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Los conductores de la ciudad de Madrid se encuentran actualmente dentro de un limbo jurídico. ¿El motivo? Después de años de multas, el Tribunal Supremo acaba de declarar ilegal la nomativa que dio lugar a la creación de las Zonas de Bajas Emisiones originales. No obstante, este hecho no quita que, pese a que se ha dado la razón a los conductores, estos puedan recuperar su dinero. Y es que el consistorio madrileño ha dejado claro que no va a tener lugar una devolución automática del importe de las multas. Vamos con todo lo que tienes que saber.
La sentencia definitiva que declara ilegales las Zonas de Bajas Emisiones
El último recurso del Ayuntamiento de Madrid ha sido rechazado por el Tribunal Supremo de Justia de Madrid, confirmando con ello la nulidad de la normativa al no haber analizado de forma correcta el impacto económico en la ciudadanía. Pese a que, con 3,3 millones de sanciones desde 2021, se han recaudado más de 600 millones de euros, el Ayuntamiento se defiende con la no retroactividad de las sentencias para no tener que devolver el dinero. La única alternativa para los conductores es iniciar procesos indivduales, complejos y duraderos, para intentar recuperar el importe de las multas pagadas.
Para entender el fallo del Tribunal Supremo, no debemos atender a la intención de la normativa de mejorar la calidad del aire de la ciudad, sino a la forma en que se estableció. Ya en 2024, el Tribunal Superior de Justicia avisó de que el informe de impacto económico de la ordenanza estaba, prácticamente, vacío de contenido.
En virtud del fallo del tribunal, el Ayuntamiento de Madrid no tuvo en cuenta de forma correcta el impacto económico a los pequeños empresarios, así como a las familias de menos recursos, a la hora de adaptarse a las nuevas restricciones. De igual manera, dicta que no se consideraron alternativas para no establecer multas cuantiosas. Como consecuencia de ello, no se cumplió con el principio de proporcionalidad, por lo que la norma vio la luz con un defecto de forma que ha sido aprovechado para condenar ahora al consistorio a pagar las costas del proceso judicial.
Qué pasa con tu dinero: el limbo jurídico para recuperar lo pagado
Pese a la sentencia en firme, desde el Ayuntamiento de Madrid ya han sido tajantes al respecto: no se va a devolver el dinero automáticamente. El argumento que usan explica que las multas se pusieron en el marco de una normativa que, en el momento, era válida, y la sentencia no era firme. Además, cabe tener en cuenta que la jurisprudencia se pone del lado del Ayuntamiento, ya que se establece que la nulidad de una ley no afecta a multas que ya hayan sido abonadas. Con ello se genera una paradoja, ya que los contribuyentes que cumplieron con las obligaciones de pago están ahora en peor posición que los que no pagaron la multa y, en consecuencia, no cerraron el proceso.
Para los que pagaron, la situación plantea ahora qué hacer con esas multas que se pagaron. Según la Organización de Consumodires y Usuarios, aquellos que tengan expedientes abiertos o algún recurso en trámite, tienen más posibilidades para anular la multa, pero los que ya pagaron van a tener más trabas burocráticas por delante. Con ello, para recupera el dinero, habría que solicitar una nulidad de pleno derecho, que constituye un difícil proceso en el que el esfuerzo legal ha de ser soportado por el ciudadano.
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Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Cuento con más de 7 años de experiencia en el ámbito de los coches eléctricos. Con gran interés por la movilidad sostenible y la tecnología, me especializo en el ánalisis de tendencias y novedades en el sector, particulamente en los desarrollos procedentes de China, un mercado clave para el futuro de la automoción.












