- El coche eléctrico tiene un plazo de desistimiento de 14 días en determinados supuestos, aunque la devolución puede generar conflictos con fabricantes y financieras.
- La autonomía del coche eléctrico sólo ha llegado a los tribunales en Alemania, al ofrecer 282 kilómetros frente a los 332-341 homologados.
- Contratar seguro de coche eléctrico en 2026: desde 150 euros y con coberturas específicas para batería y recarga
Comprar un coche eléctrico no siempre termina siendo la experiencia que esperaba el nuevo propietario. El precio, la autonomía y las posibilidades de recarga son algunos de los factores que pueden generar dudas después de formalizar la operación. En algunos casos, la infraestructura de recarga disponible tampoco alcanza las previsiones que se manejaban inicialmente. Según los últimos datos, el número de cargadores no llega a la cantidad esperada y necesaria, y una parte de ellos ni siquiera está operativo.
A ello se suma que la autonomía obtenida en uso real puede ser inferior a la cifra homologada. Ocupantes, velocidad y climatización pueden reducirla entre un 20% y un 30%. Un automóvil anunciado con 500 kilómetros, por ejemplo, podría quedarse alrededor de los 400 kilómetros en determinadas condiciones. Pero el comprador dispone de determinados derechos cuando considera que la operación no ha cumplido sus expectativas.
Coche eléctrico: el derecho de desistimiento de 14 días
La legislación española contempla el derecho de desistimiento para determinadas compras. En el caso planteado, el comprador puede solicitar la devolución del coche eléctrico y del dinero entregando nuevamente el vehículo al fabricante. El plazo señalado es de 14 días y el procedimiento puede complicarse si la empresa no acepta inicialmente la petición. En algunos casos, el desacuerdo acaba ante los tribunales.

Los artículos 102 y 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, correspondiente a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, regulan esta posibilidad. No obstante, la devolución no funciona igual en todas las operaciones. La propia normativa establece excepciones, entre ellas los productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados. Eso significa que un coche producido específicamente según determinadas características solicitadas por el comprador puede quedar fuera del derecho de desistimiento.
Antes de reclamar resulta necesario conocer cómo se realizó el pedido y qué condiciones concretas tenía el vehículo adquirido. Algunas marcas ofrecen además fórmulas propias que permiten devolver el automóvil bajo determinadas condiciones. Por ejemplo, la marca Tesla permite desistir de la compra durante los primeros 14 días y devolver el vehículo si el cliente no está conforme. La marca reembolsa el importe abonado, aunque puede descontar los desperfectos detectados en el coche. Si se superan los 100 kilómetros recorridos, aplica un cargo de 0,55 euros por cada kilómetro adicional.
Coche eléctrico: impuestos, financiación y dinero de la devolución
La devolución del automóvil también plantea algunas dudas económicas. Una operación de compraventa lleva asociados impuestos y, cuando existe financiación, aparece además la cuestión de los intereses generados durante el periodo en el que el comprador ha tenido el vehículo. El problema puede ser especialmente complejo cuando la adquisición se ha realizado mediante un crédito.

El derecho de desistimiento exige además que el comprador haya cumplido las condiciones previstas para ejercerlo. La entrega del vehículo dentro del periodo correspondiente constituye uno de los elementos señalados en el supuesto planteado. El hecho de que el fabricante no acepte inicialmente la devolución tampoco significa necesariamente que la cuestión quede resuelta, ya que determinados conflictos pueden terminar en un procedimiento judicial.
Existe una diferencia importante entre una devolución basada en el desistimiento y una reclamación relacionada con las características del vehículo. Son vías distintas y responden a situaciones diferentes. La primera se vincula al derecho del consumidor dentro de los supuestos establecidos por la normativa. La segunda puede plantearse cuando existen problemas con las condiciones o prestaciones anunciadas.
Autonomía del coche eléctrico: el caso judicial de Alemania
El Tribunal Regional de Wuppertal, en Alemania, resolvió el caso n.º 10 O 282/23 mediante una sentencia fechada el 18 de diciembre de 2025. El vehículo era nuevo y había sido anunciado con una autonomía WLTP situada entre 332 y 341 kilómetros. Durante el procedimiento se realizó una prueba pericial bajo condiciones WLTP comparables y el resultado fue de 282 kilómetros, aproximadamente un 18% menos.

El tribunal consideró que las especificaciones incluidas en el folleto constituían, como mínimo, declaraciones públicas a efectos del artículo 434, apartado 3, frase 1, número 2, letra b) del Código Civil alemán (BGB). La resolución estableció que existía un defecto significativo y permitió al comprador rescindir el contrato de compraventa. El concesionario tuvo que recuperar el automóvil y devolver 33.749,95 euros al cliente.
El vehículo ya había recorrido 40.385 kilómetros en noviembre de 2025. Ese kilometraje no modificó la rescisión del contrato, aunque sí tuvo consecuencias durante el proceso de conciliación. Este caso alemán debe entenderse dentro de las circunstancias concretas de aquella operación y de la legislación aplicada por el tribunal alemán.
Te puede interesar…
- BYD comienza las entregas de su nueva berlina de lujo de 25.000 euros: recarga del 10 al 97% en sólo 9 minutos y roza los 900 km de autonomía
- El futuro de los coches eléctricos está en el intercambio de baterías, una operación de sólo 3 minutos, y Geely ya está apostando por ello
- El Tesla Model 3 encabeza la lista de los coches más vendidos en España en septiembre, con 2.519 matriculaciones, y los barcos que llegan de China tienen mucho que ver
Soy una periodista madrileña con más de 25 años de experiencia. Cursé los estudios de periodismo en el Centro de Estudios Universitarios San Pablo CEU. A lo largo de mi trayectoria profesional he trabajado en medios como Motor 16, Km77, Car & Driver o Quad & Jet, y he colaborado con departamentos de prensa como el de BMW.














