Ley de Sostenibilidad Energética

El 1 de enero entra en vigor un nuevo capítulo de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. Se amplía el radio de restricciones para los vehículos contaminantes y serán más los coches que no podrán circular por la M-30 en 2023

La M-30 no solo es una de las vías más transitadas de Madrid; datos recientes señalan también que es la que más tráfico acumula en España. Cada día circulan, de media, casi 305.000 vehículos por algún tramo de los 32,5 km de longitud que dan forma a la carretera que rodea el distrito centro de la capital.

Estos dos datos (nivel de circulación y proximidad a la almendra central) son los que explican las razones por las que la M-30 es una de las vías más vigiladas en cuanto a velocidad y emisiones de Madrid.

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Circulación en la M-30

La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, en vigor desde mediados de septiembre de 2021, establece, entre otras medidas, que el antiguo Madrid Central se convierte en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEEP) de Madrid Centro.

Fija también un calendario que prohíbe de forma progresiva el uso de vehículos contaminantes en varias áreas de la capital. En este sentido, las restricciones se irán ampliando tanto en el tiempo como en el espacio; siendo los más afectados los vehículos sin etiqueta medioambiental (conocidos como vehículos con etiqueta A).

En lo que respecta a la M-30, la norma establece que, desde el 1 de enero de 2022 todos los coches que no tienen pegatina medioambiental tienen prohibido el acceso al interior de la vía de circunvalación.

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Los coches que no podrán circular por la M-30 en 2023

El cambio que entra en vigor con el nuevo año es que, a partir del 1 de enero de 2023, la prohibición se amplía de tal manera que los coches sin etiqueta medioambiental de la DGT tendrán prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30.
Es este el paso previo a la aplicación total de la norma que se producirá en 2024 estos mismos vehículos tendrán prohibido el acceso y circulación por toda las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

Excepciones a la norma

Hay estudios que calculan que la aplicación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible dejará fuera de la M-30 a casi 315.000 vehículos: todos los diésel anteriores a 2006 y los gasolina anteriores al 2000.

Pero como en toda norma hay excepciones y, en este caso, son cuatro los supuestos en los que los coches sin etiqueta podrán seguir accediendo al interior de la M-30:

  • Los vehículos que, desde el pasado 1 de enero de 2022, estén domiciliados en la ciudad de Madrid según los registros de la DGT y figuren en el padrón Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid
  • Los vehículos empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, a condición de que estén dados de alta en el Sistema de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones y exhiban la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
  • Los vehículos A que no sean turismos: camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores
  • Los vehículos que estén considerados históricos, siempre que cumplan la normativa vigente

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Multas de 200 euros

En la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde el pasado 21 de marzo, la DGT establece por primera vez, multas para aquellos conductores que accedan al interior de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de manera irregular.

La sanción para aquellos vehículos que sean registrados por las cámaras de vigilancia y no cumplan la normativa se ha fijado en 200 euros, sin retirada de puntos. En caso de abonar en período voluntario (20 días desde la recepción de la notificación) se obtiene un descuento del 50%.

¿Y los coches eléctricos?

Los coches con etiqueta Cero Emisiones (coches eléctricos e híbridos enchufables con, al menos, 40 km de autonomía eléctrica) y los etiqueta ECO tienen acceso y circulación sin restricciones tanto en el interior como en la propia M-30.

Tampoco tienen limitaciones a la hora de circular y estacionar en las ZBEEP de Madrid Centro y Plaza Elíptica; con un matiz y es que los ECO tienen un máximo de dos horas para utilizar las plazas de las Zonas SER.

Sí deben cumplir las restricciones que se imponen durante los episodios de alta contaminación en los que se limita la velocidad máxima en la M-30 a 70 km/h, so pena de la multa que corresponda en función de la velocidad a la que circule el vehículo.

 

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