- Incluir las ayudas del Plan Moves en la Declaración de la Renta es un trámite obligatorio que modificará el resultado final de la liquidación
- Las fechas son importantes: la ayuda se refleja en la declaración del año que se cobra, no del que se compra el coche
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Plan Moves III. Guía completa para conseguir las ayudas a la compra de coches eléctricos
En marcha la Campaña de la Renta 2024. Es el momento de rendir cuentas con Hacienda por todos los ingresos percibidos durante el pasado ejercicio, entre ellos, las ayudas del Plan Moves III en caso de que hayas comprado un coche eléctrico y te hayas beneficiado del descuento.
Es muy posible que en el concesionario en que cerraste la compra del coche eléctrico y en el que llevaron a cabo los trámites para solicitar la ayuda del programa de incentivos a la adquisición de vehículos eficientes te advirtieran de esto; por si acaso, coincidiendo con el inicio de la Campaña de la Renta 2024 te recordamos que las ayudas del Plan Moves III tributan a Hacienda.
Incluir la subvención del Moves modifica el resultado de la declaración. El cambio suele ser a peor porque obliga a devolver una parte del incentivo pero, a cambio, quienes compran un vehículo eléctrico tienen derecho a la deducción de IRPF que, en la práctica, permite recuperar hasta 3.000 euros de la factura.
Cuándo declarar las ayudas en la Renta
Las ayudas del Plan Moves III se incluyen en la declaración de la Renta en el ejercicio en que se reciben, no en el que se adquiere el vehículo.
Teniendo en cuenta que la espera para cobrar la cuantía se alarga, en la mayoría de los casos, más allá de los doce meses es poco probable que en esta campaña se junten, en una misma declaración, la deducción del IPRF y la ayuda del Plan Moves III.
Dicho de otro modo, la mayor parte de las devoluciones por ayudas a la compra de vehículos eficientes que se realicen en 2025 serán de compras hechas en 2022 o 2023 e ingresadas en la cuenta de los compradores en 2024.
Así tributan a Hacienda las ayudas del Plan Moves III
En general, y salvo en contadas excepciones, todas las ayudas están sujetas a tributación en el Impuesto sobre la Renta. Esto tiene una explicación legal para la que hemos recurrido a expertos que matizan que las ayudas que se reciben al comprar un vehículo se consideran ganancia patrimonial y, como tal, se deben incluir en la base imponible general.
La mala noticia es que incluir la ayuda del Plan Moves III (7.000 euros si compraste un coche eléctrico y entregaste otro para achatarrar) modifica el resultado para la delaración y no para beneficio del que tributa. Lo que te está pidiendo Hacienda con este trámite es que devuelvas una parte de lo percibido.
Toca devolver una parte de la ayuda en la Renta
El cuánto te toca devolver es una cifra que varía en función de la fuente de ingresos, así como de la situación personal y familiar de cada uno.
Desde Gestha (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda) calculan que, de media, un particular que ha recibido las ayudas del Plan Moves III en 2024 debe devolver entre el 20 y el 30% de la cuantía recibida en la adquisición de un vehículo híbrido enchufable o eléctrico. La cantidad se calcula en base a los ingresos del comprador, de este modo:
- Ganancias de hasta 12.450 euros: a devolver 19%
- Ganancias de hasta 20.200 euros: 24%
- Ganancias de hasta 35.200 euros: 30%
- Ganancias de hasta 60.000 euros: 37%
- Ganancias de hasta 300.000 euros: 45%
- Ganancias superiores a 300.000 euros: 47%
Un ejemplo práctico. Un usuario que haya comprado el coche eléctrico más vendidos en España en 2024, es decir, el Tesla Model 3, haya restado la ayuda máxima de 7.000 euros y tenga ingresos de entre 20.300 y 35.200 euros tendrá que devolver 1.700 euros.
Cómo incluir el Moves III en la Declaración de la Renta
Si has recibido la ayuda a la compra de vehículos eficientes en 2023 debes incluirlo en tu balance de cuentas con Hacienda.
Tienes que incluir el dato en la casilla 0301, que es la dedicada a «otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales».
¿Y la deducción del IRPF?
Una vez hayas incluido el dinero de la ayuda del Plan Moves III que el Gobierno de tu comunidad autónoma ha ingresado en tu cuenta el resultado de la declaración cambiará en tu contra. No desesperes. Todavía queda un trámite que te puede alegrar el día.
Las ayudas a la compra de coches eléctricos incluyen la deducción del 15% del IRPF de la factura. Esta devolución no requiere más trámite que reflejar la compra en el proceso. Hay una diferencia importante respecto al Moves y es que la devolución del IRPF se efectúa en el año de la compra del vehículo, sin importar si se han percibido o no ayudas.
Máximo 3.000 euros
En este caso, la base de la deducción está constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, descontando las cuantías subvencionadas o que vayan a serlo a través de un programa de ayudas públicas. Es decir, aquellos compradores que se beneficien de las ayudas del Plan Moves III tendrán que hacer el cálculo de la deducción sobre la cantidad que quedará a pagar una vez restada la subvención.
Además, se fija como condición que la deducción será de un 15% del valor del vehículo, sobre un máximo de 20.000 euros. Esto último supone, en la práctica, que salvo casos contados como el Dacia Spring, el valor de la deducción será de 3.000 euros. En este enlace tienes toda la información que necesitas.
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Periodista de cuándo se maquetaba con tipómetro (no, no hace tanto...). Toda una vida dedicada a escribir sobre cómo la movilidad cambia (para bien) la vida de las personas. Ahora, con enchufe