Aquellos conductores que en 2023 recibieron la sorpresa (agradable) de cobrar la ayuda del gobierno por haber comprado un coche eléctrico, en 2024 han tenido la sorpresa (no tan agradable) de que Hacienda les reclame una parte. Puede suceder que este tributo dé un giro al trámite y que en vez de negativo arroje un saldo en positivo. Tranquilo, te contamos qué hacer si por culpa del Moves la declaración te sale a pagar.
Cada año, al inicio de la Campaña de la Renta recordamos que en caso de haber recibido subvención por la compra de un vehículo eléctrico es obligatorio incluir la cantidad en la declaración de IRPF. Esto es así porque las ayudas del Plan Moves III se consideran ganancias patrimoniales y, como tales, deben tributar.
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Las ganancias patrimoniales se incluyen en la base imponible general, una cifra que varía en función de los ingresos y circunstancias personales y familiares de cada contribuyente.
Datos facilitados por GESTHA (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda) explican que un particular que ha recibido las ayudas del Plan Moves III en 2023 debe devolver entre el 20 y el 30% de la cuantía recibida en la adquisición de un vehículo híbrido enchufable o eléctrico. La cantidad se calcula en base a los ingresos del comprador, de este modo:
- Ganancias de hasta 12.450 euros: a devolver 19%
- Ganancias de hasta 20.200 euros: 24%
- Ganancias de hasta 35.200 euros: 30%
- Ganancias de hasta 60.000 euros: 37%
- Ganancias de hasta 300.000 euros: 45%
- Ganancias superiores a 300.000 euros: 47%
Qué hacer si, por culpa del Moves, la declaración te sale a pagar
La declaración de la renta tiene dos posibles resultados: positiva o negativa. El bueno es el negativo porque significa a lo largo del año que está declarado has pagado más de lo que te corresponde o has hecho gastos deducibles y que Hacienda te devuelve una parte. El malo es, aunque a priori suene al revés, el positivo, ya que supone que eres tú el que tienes que pagar. También hay declaraciones que quedan a cero (nadie paga), pero son las menos.
Si, ya sea por culpa del Moves III o no, el resultado de tu declaración es positivo tendrás que pagar la cantidad indicada. Pero, ¿qué pasa si no cuentas con el dinero en ese momento?
Desde la organización de consumidores OCU explican que hay dos opciones: fraccionar el pago o solicitar un aplazamiento.
Fraccionar el pago
La opción de fraccionar el pago es la más habitual. Se solicita en el momento en que se presenta la declaración en la parte final del documento. De este modo la cantidad se abonará en dos plazos: el primero es del 60% del total y se paga el 1 de julio en caso de haber presentado la declaración antes de 27 de junio (si se presenta después de esa fecha se abona en el momento de presentar la declaración).
El segundo pago, del 40% restante, se resta de la cuenta indicada el día 5 de noviembre.
Solicitar un aplazamiento
Si no puedes afrontar el pago en los plazos indicados la opción es solicitar un aplazamiento a la Agencia Tributaria. El trámite es sencillo, pero debes saber que aplazar una deuda con Hacienda supone aceptar intereses de demora que, actualmente, están fijados en un 4,0625%. Además, si la cantidad aplazada es superior a 50.000 euros necesitarás un aval.
El aplazamiento también se solicita desde la declaración. Para ello, hay que seleccionar el pago no fraccionado y, después, otras modalidades de pago.
Periodista de cuándo se maquetaba con tipómetro (no, no hace tanto...). Toda una vida dedicada a escribir sobre cómo la movilidad cambia (para bien) la vida de las personas. Ahora, con enchufe