La Zona de Bajas Emisiones de Madrid 360 ya abarca la Ciudad de Madrid e irá incorporando limitaciones a medio plazo. Con respecto a la Zona de Especial Protección, lo que ya se conoce como Distrito Centro y Plaza Elíptica, es la que, de momento, centra la nueva normativa de movilidad del Ayuntamiento. Poco a poco, se irán limitando los accesos a vehículos contaminantes al interior de la ciudad. Repasamos cómo afecta la nueva norma y cómo va a evolucionar a medio plazo.
En diciembre pasado empezó a estar operativa la nueva ordenanza de movilidad Madrid 360. Desde entonces, las circunstancias han cambiado, especialmente, para muchos madrileños.
En 2018, la anterior alcaldesa, Manuela Carmena, lanzó Madrid Central para reducir las emisiones en la ciudad. Sin embargo, a mediados de 2020, y mediante tres sentencias diferentes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la norma. Las sentencias señalaban la omisión de trámites en la elaboración y la aprobación del marco legal de la normativa.
A pesar de esto, la ciudad no puede mantenerse como una de las ciudades más contaminadas de Europa. Por tanto, el Ayuntamiento, con el actual alcalde Martínez-Almeida al frente, aprobó la nueva ordenanza Madrid 360 en septiembre pasado. Ahora que ya está operativa, vemos cómo afecta la aplicación de la norma y cómo va a afectar a medio plazo.
Madrid 360
Madrid 360 amplía el área de restricciones de Madrid Central, incorporando a las 472 hectáreas previas la Zona de Especial Protección de Plaza Elíptica. Comprende el área entre Usera y Carabanchel.
Aunque, de momento, los residentes con coches sin etiqueta medioambiental no tienen limitaciones, se irán incorporando con el tiempo. De cara a acelerar el trámite, desde las instituciones se han lanzado planes de ayuda para la sustitución de los vehículos (Cambia 360), así como alternativas mediante transporte público.
Como ejemplo, la nueva línea lanzadera Plaza Elíptica-Islazul, que se encuentra en el punto negro de la contaminación madrileña. Son autobuses eléctricos que circulan desde Plaza Elíptica, por las calles del distrito de Carabanchel, hasta el centro comercial de Isla-Azul. Allí, los usuarios cuentan con un aparcamiento gratuito.
En cuanto a quiénes pueden circular por la Zona de Especial Protección:
- Las personas empadronadas en Centro podrán circular libremente con su coche por el interior de Madrid y estacionar en el SER en su barrio, con autorización, o fuera previo pago de la tasa en parquímetros.
- Los conductores con vehículos con distintivo ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
- Los conductores con vehículos con distintivo ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER un máximo de dos horas.
- Los conductores con vehículos con distintivo ambiental B o C podrán acceder únicamente para aparcar en: un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional. Como excepción: los vehículos de invitados autorizados por los residentes; los de personas con movilidad reducida; servicios esenciales; o servicios profesionales. Eso no rige para la zona de Plaza Elíptica.
Nuevas medidas de Madrid 360
Madrid 360 ha cambiado algunos aspectos de Madrid Central. Empezando por la limitación o incorporación de nuevas medidas. Entre ellas:
- En vías urbanas, con dos carriles por sentido de circulación, el derecho se hace multimodal, siempre que las circunstancias técnicas y de seguridad lo permitan. Así, y para adecuar la velocidad de todos los usuarios de diferentes medios de transporte, el límite máximo es de 30 km/h. Aquí no entran los carriles reservados para el uso exclusivo de transporte público.
- Los vehículos deben limitar la velocidad a 20 km/h en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan bolardos; a 15 km/h cuando no los haya.
- Además, en el entorno de colegios se deberá respetar la velocidad máxima de 20km/h entre las 7.00 y 9.00 horas y de las 15.00 a las 17.00 horas.
- También se establece que los vehículos compartidos (carsharing) dispondrán de puntos de recarga de uso exclusivo durante el horario de reserva.
- Por su parte, los vehículos de motosharing tendrán prohibido aparcar en las aceras cuando exista una reserva específica para ellos a menos de 100 metros.
- Con respecto a las motos, podrán circular entre las 7,00 y 22,00 horas si tienen etiquetado ambiental.
- Las bicis podrán circular por los parques. Asimismo, por ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h en ambos sentidos de la marcha.
- En cuanto a los patinetes, podrán circular por los carriles multimodalescarril con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o inferior. Pero tendrán que hacer uso del casco homologado y deberán llevar la iluminación que contempla en el Reglamento General de Circulación.
- Los comerciantes podrán registrar hasta tres vehículos para transitar y, además, podrán sustituir hasta dos veces al mes esas matrículas.
Aparcamiento y estacionamiento
- Además, las motos, bicis y patinetes que se dediquen al sharing no podrán ocupar más del 50% de las plazas reservadas de aparcamiento.
- Los camiones tendrán más tiempo para carga y descarga, hasta 45 minutos, y podrán hacerlo hasta las 15,00 horas.
- Las zonas verdes reservadas para quienes abonan la tarifa SER pasan a ser del 75 al 80%.
- Los aparcamientos SER incorporarán nuevas zonas de manera parcial: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal).
- Igualmente, el SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).
- Además, la norma incluye una modalidad de aparcamiento regulado según demanda: las tarifas de estacionamiento regulado dinámicas según los niveles de contaminación en cada momento.
Limitaciones de acceso para coches en la actualidad
La normativa establece que en la zona del distrito Centro, según explicaba el consistorio: “se prohíbe el acceso prácticamente en todo el distrito a los vehículos con clasificación ambiental A, que carecen del distintivo de la DGT porque funcionan con motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000“. Asimismo, indicaban que se mantiene: “la prohibición de atravesar la zona a los vehículos con clasificación ambiental B y C, aunque podrán entrar si estacionan en un aparcamiento de uso público o privado“.
De momento, en Plaza Elíptica, los vehículos con etiqueta B o C no tienen restricciones de paso.
Tras lo especificado, desde el pasado día 1 de enero está prohibido el acceso y la circulación al interior de la M-30 para coches sin etiqueta. Asimismo, a vehículos de distribución urbana de mercancías sin distintivo ambiental y más de 3.500 kilos de peso.
Sin embargo, y tras vencer la fase informativa en este mes de marzo, el Ayuntamiento ha decidido ampliar el periodo de aviso a coches infractores hasta mayo. Es consecuencia de la gran cantidad de conductores que siguen accediendo al interior de la M-30 con estos coches y sin estar empadronados en Madrid. Recordemos que las infracciones tienen una sanción, si es leve, de hasta 100 euros.
En cuanto a las excepciones, podrán acceder y circular por dentro de la M-30: los coches con etiqueta A y sin empadronar adaptados para el traslado de personas con discapacidad o movilidad reducida; los vehículos históricos, según lo estipulado en el Real Decreto 1247/1995; los de emergencias; y los de las fuerzas armadas podrán circular.
Restricciones futuras
Con respecto al futuro, y más allá de la prohibición en vigor desde el 1 de enero, la norma establece que: desde el 31 de diciembre de 2022, se limita el acceso a vehículos de mercancías con etiqueta B y más de 3.500 kilos de peso.
En cuanto al futuro y los coches sin etiqueta, el calendario y la restricción es así:
- A partir del 1 de enero de 2023, se prohíbe el acceso y circulación dentro de la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido el acceso y circulación a coches sin etiqueta por todas las vías públicas urbanas de Madrid ZBE. Es decir, de todo el municipio de Madrid.
- A partir del 1 de enero de 2025 la prohibición se extiende también a los vehículos con etiqueta A de residentes.
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