La DGT anuncia que sancionará con 200 euros a los vehículos que no respeten los protocolos anticontaminación. La pregunta es: ¿afecta esto también a los eléctricos?
Entre las novedades de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial aprobada en le Congreso hace unos días, destaca la multa que la Dirección General de Tráfico (DGT) impondrá a los vehículos que no respeten las restricciones de los protocolos anticontaminación.
Por primera vez, la DGT asume la responsabilidad de sancionar a quienes no respeten las restricciones impuestas a vehículos y conductores por cuestiones medioambientales, algo que, hasta ahora, recaía sobre los ayuntamientos.
200 euros de multa por restricciones ambientales
De acuerdo con el texto aprobado en el Congreso, la Ley de Tráfico 2022 sanciona con multas de 200 euros a quienes no respeten las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las
bajas emisiones.
Hasta ahora, como decimos, era decisión de los gobiernos locales las normas y sanciones en protocolos anticontaminación.
Madrid, por ejemplo, tiene un plan de actuación en varios escenarios que se activan a medida que las estaciones de medición registran índices superiores a los permitidos. En el primer escenario se limita la velocidad máxima en la M-30 y alrededores que no podrá ser superior a 70 km/h.
Las multas para quienes no respeten esta medida es de 90 euros. De la misma cuantía es la sanción para quienes accedan a Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) sin cumplir los requisitos establecidos.
En Barcelona, otra de las ciudades que se han adelantado a la Ley de Cambio Climático que impone la creación de ZBE en localidades con más de 50.000 habitantes, la sanción por no cumplir los protocolos anticontaminación es de 100 euros.
Los coches eléctricos ante los protocolos anticontaminación
Pensados para discriminar a los vehículos que más contaminan, lo lógico sería pensar que los vehículos cero emisiones están exentos del cumplimiento de las normas que imponen los protocolos anticontaminación y, por ende, de las sanciones que conllevan. No siempre es así.
Durante la semana pasada, Madrid mantuvo activo durante varios días el escenario 1 de su protocolo anticontaminación. Este es el que limita la velocidad máxima en M-30 y alrededores. No distingue ni tipos de propulsión, ni emisiones, con lo que es una norma de obligado cumplimiento para todos los vehículos en circulación, eléctricos incluidos.
Diferente es en el caso de las Zonas de Bajas Emisiones ya que estas sí establecen restricciones en función de las emisiones contaminantes. Cada ayuntamiento las regula a su forma, pero como norma general los vehículos eléctricos tienen libre acceso y circulación por las zonas acotadas.
Periodista de cuándo se maquetaba con tipómetro (no, no hace tanto...). Toda una vida dedicada a escribir sobre cómo la movilidad cambia (para bien) la vida de las personas. Ahora, con enchufe