Barcelona se convierte en la primera ciudad de España que regula la infraestructura pública de carga. El documento aprobado por el gobierno regional establece tres tipologías: electrolineras, estaciones de recarga y estaciones de intercambio de baterías
El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado la regulación de la implantación de instalaciones de suministro eléctrico. Con esta medida, pionera en España, quiere activar y potenciar el desarrollo de la infraestructura necesaria para favorecer la transición energética hacia una movilidad que priorice el uso del vehículo eléctrico.
Barcelona se convierte así en la primera ciudad española que lleva adelante una normativa de estas características para dar un gran impulso a la movilidad sostenible y el desarrollo del vehículo eléctrico.
De limitar las estaciones de carburantes a impulsar las electrolineras
Hace un año, en junio de 2020, Barcelona aprobó la limitación de nuevas gasolineras de carburante, que sólo se permiten alrededor de las rondas, vías estructurantes y áreas industriales y portuarias, y están prohibidas en los núcleos antiguos, suelos de equipamiento y los parques de Collserola y Montjuïc.
Ahora, esta normativa se completa con una ordenación de los puntos de suministro eléctrico que quiere poner la ciudad a punto para un nuevo modelo de movilidad verde y eficiente. “Se trata, en definitiva, de promover el desarrollo del vehículo eléctrico, que está empezando a crecer significativamente en Barcelona y está previsto que lo haga con más fuerza en los próximos años”, afirman desde el consistorio.
El documento define el tipo de instalaciones de recarga y suministro de baterías eléctricas que pueden haber. Son tres: las electrolineras, las estaciones de recarga o de intercambio de baterías en aparcamientos público o de rotación y los espacios de intercambio de baterías. Las vemos con más detenimiento.
Electrolineras
Son las instalaciones dedicadas al suministro de recarga eléctrica de venta al público para vehículos eléctricos o híbridos. En ellas, el suministro eléctrico es la actividad principal, y se hace de manera directa al vehículo mediante estaciones de recarga o estaciones de intercambio de batería.
La regulación aprobada admite la ubicación en el entorno de las rondas, las vías de acceso al nudo de la Trinidad y las áreas industriales (Zona Franca y Besòs). Y en algunas zonas de los barrios del Carmel, Can Baró, Font d’en Fargues y Guinardó y de la parte norte de San Martín (la Verneda y la Paz, Sant Martí de Provençals, Provençals del Poblenou y el Besós y el Maresme) donde hoy en día no hay suficiente aparcamientos para acoger estos espacios de recarga. Aquí será necesario que las nuevas electrolineras garanticen una separación de 800 m.
En estos ámbitos deberán ubicarse siempre en calles de red básica, (vías principales), y habrá un informe favorable de movilidad. Por otra parte, no podrán estar en el espacio público, y no se permitirán en Collserola, en Montjuïc, los cascos antiguos, alrededor de los edificios protegidos con un nivel de catalogación A y B ni en suelos de equipamiento.
Además, las gasolineras existentes podrán convertirse en electrolineras, siempre que cumplan las condiciones del plan.
Estaciones de recarga o intercambio de baterías como actividad complementaria en aparcamientos de rotación de acceso público
Se permite ubicar su a todos los aparcamientos en régimen de explotación horaria o rotación de la ciudad y en aparcamiento de rotación de centros comerciales, y podrán situarse en planta baja o la primera planta del sótano.
Se establecen condiciones de localización para garantizar la compatibilidad con los otros usos del espacio, y por instalar será necesario un informe favorable de un estudio de movilidad.
Puntos de intercambio de baterías
Se definen como lugares destinados al intercambio de baterías extraíbles para vehículos eléctricos de movilidad personal (bicicletas, ciclos de más de dos ruedas, patinetes o similares). Se admiten en todas partes excepto en el espacio público y equipamientos, y se establecen condiciones de localización para garantizar la seguridad y la compatibilidad con los otros usos del espacio donde se ubica.
Los talleres y concesionarios de automóviles o depósitos municipales de vehículos eléctricos y similares podrán instalar las instalaciones de suministro eléctrico que se justifiquen por el propio uso.
Puntos de carga en vías públicas
El documento también establece condiciones para los puntos de recarga en vía pública, que seguirán siendo de impulso público. Para fomentar el desarrollo, durante 10 años se podrán implantar en espacios viarios (excepto espacios con prioridad peatonal y plataforma única de casco antiguos), y tendrán una duración de 10 años. Para los puntos destinados a vehículos de transporte público y / o colectivo, taxis o flotas de servicios municipales, se podrá alargar la duración de la instalación siempre que sea necesario para el mantenimiento del servicio.
Lo que no altera el plan son las condiciones de implantación de puntos de recarga eléctrica lenta a baja potencia, ya sean en aparcamientos públicos o privados o los aparcamientos colectivos (residenciales o de empresas), porque el planeamiento vigente ya establece un mínimo de un punto de recarga por cada 10 plazas. Y las instalaciones mixtas (combustible y eléctrico) ya quedan reguladas en la normativa de estaciones de suministro de carburantes.
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Periodista de cuándo se maquetaba con tipómetro (no, no hace tanto...). Toda una vida dedicada a escribir sobre cómo la movilidad cambia (para bien) la vida de las personas. Ahora, con enchufe