El BOCM ha publicado las líneas para la adquisición de vehículos e instalación de infraestructuras del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible. Las ayudas del Plan Moves en la Comunidad de Madrid detallan los vehículos y las personas, físicas y jurídicas, que pueden optar a ellas. La dotación del Plan Moves en Madrid es de 6,3 millones de euros e incluye, entre otras líneas, la instalación de infraestructuras.
Hace un mes hacíamos referencia a lo que el director General de Industria de la Comunidad de Madrid había anunciado sobre estas ayudas. Entonces afirmaba que estaría listo en unas semanas y así es.
Beneficiarios del Plan Moves en la Comunidad de Madrid
Pueden beneficiarse de las ayudas tanto personas físicas como jurídicas, profesionales autónomos y entidades del sector público. Podrán solicitarlas personas físicas y jurídicas que:
“Tengan su residencia fiscal en España y que la actuación objeto de la ayuda, entendiéndose como tal tanto la compra del vehículo como la de que el abono/exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, haya sido efectuada en la Comunidad de Madrid”.
Las subvenciones para vehículos e infraestructuras están gestionadas por la Fundación para la Energía de la Comunidad (Fenercom). Representan el grueso de las ayudas, con 5,68 millones de euros.
Líneas de actuación
Las cuatro líneas de actuación en la Comunidad de Madrid, adscritas al Plan Moves II – Año 2020 son:
- Adquisición de vehículos y motocicletas eléctricos. En concreto, la línea de ayudas para la adquisición de vehículos y motocicletas eléctricos cuenta con una dotación de 3,14 millones de euros en conjunto. En cuanto a los vehículos, es lo que ya quedó establecido en el Plan Moves.
- Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Para esta línea, las ayudas alcanzan los 2,52 millones de euros.
- Elaboración de planes de transporte eficiente en centros de trabajo y empresariales. Para esta línea, la Comunidad ofrece ayudas a la implantación de planes de transporte y movilidad eficientes en centros de trabajo, coordinados entre la empresa y los empleados. Su importe es de 314.376 euros.
- Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas. Además, se crean incentivos para la instalación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, tanto para entornos públicos, espacios empresariales o polígonos industriales. Comprenderán tanto el proyecto, como la obra civil y los anclajes, la compra de bicicletas y la adquisición del software. El importe de la subvención conjunta asciende a los 314.376 euros.
Plazos para solicitar las subvenciones
Las subvenciones para la adquisición de vehículos eficientes y la instalación de puntos de recarga están disponibles en la página web www.movesmadrid.com.
Las solicitudes de ayuda a la compra de vehículos se canalizarán a través de los concesionarios/puntos de venta/empresas de renting, adheridos al Programa MOVES II. La excepción está en las entidades locales o el sector público, que podrán solicitarlas directamente.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOCM. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el 31 de diciembre o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
La Comunidad de Madrid indica que el Plan Moves arrancó el pasado mes de abril en la región para las dos últimas líneas de ayudas. Es decir, para los planes de transporte y préstamo de bicis, que se pueden solicitar a través de la web de la Comunidad de Madrid.
Vehículos subvencionables por fecha de compra
Con respecto a la retroactividad de la compra y las ayudas, el propio texto indica:
“La fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación serán posteriores a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. El pago del precio del vehículo, incluido el abono de posibles cantidades a cuenta o bajo cualquier otro concepto, deberá ser realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Excepcionalmente, en el caso de los vehículos y destinatarios últimos afectados por la disposición adicional primera del Real Decreto 587/2020, de 23 de junio, si la adquisición se hubiese realizado entre el 18 de junio de 2020 y el día de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la solicitud podrá ser posterior a la adquisición y los anteriores documentos deberán ir fechados siempre a partir del 18 de junio de 2020, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 569/2020, de 16 de junio.
También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1 y N1 y con hasta nueve meses de antigüedad; contada desde su primera matriculación hasta la fecha de registro de la solicitud de ayuda”.