El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD) ha remitido a la CNMC el Real Decreto que simplifica el actual RD 647/2011 del Gestor de Cargas por el que se regula su actividad para la realización de servicios de recarga energética.
¿Quieres saber qué es un gestor de cargas? Aquí te lo contamos
Tal y como anunció Daniel Navia, Secretario de Estado de Energía (Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital), en el pasado Congreso Europeo del Vehículo Eléctrico (CEVE 2017), organizado por AEDIVE, la Secretaría de Energía del MINETAD ha remitido a la CNMC la simplificación del Real Decreto del Gestor de Cargas que ‘pretende remover obstáculos para facilitar el despliegue ágil y ordenado de la infraestructura de recarga’.
Tras la experiencia de los últimos años se ha llegado a la conclusión de que hay un margen muy alto para flexibilizar y hacer más útil esta figura por lo que se han incluido una serie de modificaciones importantes con el objeto de contribuir al despliegue de puntos de recarga asociados a distintas actividades, en particular en el sector servicios y hostelero, cuya actividad principal no sea la de prestación de servicios de recarga, y donde existe un gran potencial.
Se suprime la obligación de modificar el objeto social de las empresas que se dediquen a la gestión de carga retirando la necesidad de modificar sus estatutos
Se suprime la obligación de tener un punto de conexión diferenciado que obligaba a instalar una nueva acometida eléctrica y se elimina la necesidad de que las instalaciones de recarga deban estar asociadas a un contrato separado de suministro eléctrico y a firmar un nuevo contrato de energía.
Suprimir las obligaciones de medir la energía que se ofrece a los clientes, salvo en el caso de que se desee cobrar por el servicio, lo que queda del lado del contrato entre empresa y cliente.
Se incluye la figura del gestor de cargas representante para permitir que las obligaciones del gestor de carga pueda desempeñarlas otra empresa cuya actividad única no sea la de gestor de carga.
Se suprime la obligación de remisión periódica de información tanto al Ministerio como a la CNMC (autoridades regulatorias), y por lo tanto la actividad se podrá realizar con una declaración de responsabilidad inicial. Se mantendrá una base de datos georreferenciada y disponible al público con todos los gestores de carga y sus instalaciones, de forma similar a la ya existente en la actualidad con las estaciones de servicio de carburante. Así, todos los usuarios podrán acceder a la información relativa a los puntos de recarga y a su ubicación.
Esta medida se une a la aprobación del Plan MOVALT que destinará 20 millones de euros para la adquisición de vehículos alternativos, 15 millones de euros para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos. A ellos se unen otros 15 millones de euros para fomento de la I+D+i en proyectos relacionados con este campo.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.