Hace unas semanas, el Gobierno anunció cambios para agilizar los procesos de instalación de puntos de recarga de coches eléctricos en espacios públicos. Sin embargo, como advierte AEDIVE, cerca de un centenar de ayuntamientos no están acatando esta norma.
Vamos a ver en qué consiste el cambio en la normativa y a qué objetivo responde.
El largo proceso de instalación de un punto de recarga de coches eléctricos
El hecho de que España tenga muchos menos cargadores para vehículos eléctricos que algunos de nuestros países vecinos responde, entre otros factores, a que el proceso de instalación, hasta que se obtiene la aprobación definitiva, ha de enfrentarse a un largo camino de trámites burocráticos.
Tras el acuerdo de la empresa instaladora de cargadores con los socios que ceden el terreno para la instalación, se elige a la distribuidora eléctrica que conectará el punto de carga a la red de distribución. Esta elección no se lleva a cabo libremente sino que, en función de la ubicación geográfica del punto de carga, corresponderá a una empresa distribuidora su conexión.
Una vez superado el comienzo, llega la hora de la intervención de las administraciones públicas. En este paso, se debe obtener la autorización de la obra de instalación por parte del Ayuntamiento de la localidad correspondiente. Además, si la instalación suma más de 100 kWh, la Delegación de Industria de la comunidad autónoma también debe dar su beneplácito. Y si la estación de carga está ubicada a menos de 100 metros de una carretera, se debe contar también con el permiso del Ministerio de Transportes.
El resultado es un proceso tedioso, en el que los plazos de construcción y puesta en marcha pueden variar desde los seis meses hasta el año y medio.
Cambios para agilizar el proceso
Ante esta situación, que supone una gran barrera para el despliegue de infraestructura de carga en nuestro país, el Gobierno anunció cambios para agilizar el proceso.
En resumen, la normativa acepta que, en el primer paso para la instalación, que es la elevación a público que deben llevar a cabo la empresa operadora y su partner, se presente una declaración formal en el que ambas partes oficialicen su acuerdo y presenten una declaración de responsabilidad solidaria, haciéndose cargo de toda situación que pueda derivarse de la instalación.
La advertencia de AEDIVE
Sin embargo, la agilización del proceso no va a ser tan fácil. La Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica (AEDIVE), ha puesto en marcha un expediente ante la Secretaría para la Unidad de Mercado ante la negativa de un centenar de ayuntamientos de admitir la Declaración Responsable que establece el RDL 29/2021 de medidas urgentes en el ámbito energético, cuyo objetivo es agilizar el despliegue de infraestructura públicas a los operadores de carga.
Según informa la patronal en un comunicado, el trámite se inicia con el afán de “evitar actuaciones concretas de denuncia por parte de los operadores de recarga ante diversos ayuntamientos.”
Gracias a información recabada a los operadores de carga, se detecta que hay más de 90 ayuntamientos que no aceptan la Declaración Responsable y solicitan la tramitación de este permiso como una Licencia de Obras. Esta situación anula una de las grandes ventajas del Real Decreto para acelerar el despliegue de infraestructura pública.
Los datos de AEDIVE muestran que, por comunidades autónomas, la que más municipios registra que no admiten la declaración responsable en la información requerida por AEDIVE a los operadores es Cataluña, con 24, seguida de Aragón (9), Andalucía, Madrid y Valencia, con 8 municipios cada uno; Castilla y León (7). Otros municipios se reparten entre País Vasco, Cantabria, Asturias, Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Canarias y La Rioja.
El director general de AEDIVE, Arturo Pérez de Lucia, ha señalado:
“Lo más sangrante es que entre los ayuntamientos que no admiten la Declaración Responsable, se encuentran varias ciudades de más de 50.000 habitantes y que son plenamente conscientes de la existencia de esa obligación pero que la desoyen, mientras que en otros casos, el consistorio no tiene contemplado dicho trámite en su sede electrónica”.
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